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::?Logramos la exclusión de todos nuestros regímenes especiales de los alcances de la ley general. El nuevo aumento para jubilados docentes-investigadorxs desde marzo será de 9.38%::

::?Logramos la exclusión de todos nuestros regímenes especiales de los alcances de la ley general. El nuevo aumento para jubilados docentes-investigadorxs desde marzo será de 9.38%::

Tal como se anunció hoy en el Boletín Oficial, los regímenes especiales del sector docente universitario fueron excluidos de la modificatoria a los índices de movilidad general (establecido por decreto el mes pasado).
Recordemos que inicialmente el Poder Ejecutivo había decidido, en el mes de diciembre, eliminar los índices de movilidad propios de nuestros regímenes otorgándoles el índice de movilidad general para el mes de marzo (2,3% + $1.500.-), a partir de la denuncia de la CONADU HISTÓRICA, a la que luego se sumaron otras Federaciones docentes, se logró que se mantuvieran los índices y no fueran incluidos en la Ley 27.541 – art. 55° sancionada sobre fin del año pasado.

Los índices de movilidad (incrementos) a partir del 1ro. de marzo son los siguientes:

• Jubilados docentes preuniversitarios (Ley 24.016 – Dec. 137/05 – 82%) – Índice RIPDOC: 23,29%
• Jubilados docentes universitarios simples, semis o exclusivas que no realizaron tareas de investigación (Ley 26.508 – 82%) – Índice RIPDUN: 30,64%
• Jubilados docentes con dedicación exclusiva que realizaron tareas de investigación e Investigadores Científicos (Ley 22.929 – Dec. 160/05 – 85%) – Índice RIPTE: 9,38%

Más allá de esta definición gubernamental, a la cual saludamos, debemos estar muy alertas a la revisión que tendrán nuestros regímenes jubilatorios. Esto quedó establecido en el art. 56° de la Ley 27.541 que textualmente dice: “…para que en el plazo de ciento ochenta (180) días, revise la sustentabilidad económica, financiera y actuarial y proponga al Congreso de la Nación las modificaciones que considere pertinentes relativas a la movilidad o actualización de los regímenes especiales…”
Esta revisión quedará a cargo de los Ministerios de Trabajo y Economía de la Nación y de una comisión de legisladores del Congreso Nacional. Le anticipamos al Ministro de Trabajo la necesidad de participar como Federación Nacional de los debates sobre el tema. La defensa irrestricta de nuestros regímenes jubilatorios debe transformarse en bandera y reivindicación.

CONADU Histórica

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/226171/20200303

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